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miércoles, 29 de mayo de 2013

¿Como ha sido tomado por parte de algunos países la privacidad de los datos?

Empecemos por decir que, la privacidad y la protección de datos es un elemento importante en las distintas modalidades del comercio electrónico, pero particularmente ha tomado mayor relevancia en el área de negocios con consumidores, en el momento que los consumidores llevan a cabo transacciones comerciales por medios electrónicos, compras en Internet o simplemente al intercambiar datos e información con otros usuarios, por medio de la la red.

Es por ello que resulta relevante saber qué harán dichas entidades con la información y los datos que proporcionen las empresas y personas al llevar a cabo trámites en Internet

¿Quienes han tomado esto en consideración muy seriamente?
Para su propia legislación:
  • La Unión Europea
  • Estados Unidos
  • Canadá
  • México

Bueno es momento de conocer de que manera lo han hecho.

La Unión Europea.
  • Los temas de privacidad y protección de datos son prioritarios en su agenda legislativa, con el propósito de hacer no sólo un frente comercial común a fuertes bloques comerciales regionales. 
  • Derecho a la intimidad y libre circulación de datos personales. 
  • Transferencia de datos personales e información a terceros países. 
  • Restricciones comerciales con otros países

Estados unidos.
  • Cuentan con un marco jurídico bastante amplio en materia de privacidad, también ha adoptado una política de autorregulación que ha estado a cargo en gran medida del sector privado.
  • Se ha ocupado más de legislar aquellos sectores que se consideran más sensibles y vulnerables para la sociedad, como son el sector salud y la protección y confidencialidad de la información que proporcionen niños menores de edad a sitios en Internet

México.
  • El marco jurídico del comercio electrónico en México es relativamente reciente, sin embargo la protección de datos personales ya se encuentra regulada en la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) y actualmente dicha legislación contempla la posibilidad de que los proveedores y consumidores puedan celebrar transacciones a través de medios electrónicos.

VIDEO - El fin de la privacidad 'Maria Elena'.

Queremos compartir este vídeo tan interesante sobre la importancia en la privacidad de nuestra información.




Privacidad y proteccion de los datos

La privacidad y la protección de datos personales son elementos importantes en las distintas modalidades del comercio electrónico (entre negocios, entre gobierno y negocios y entre gobierno y consumidores), pero particularmente han tomado mayor relevancia en el área de Negocios con consumidores, al momento en que los consumidores llevan a cabo transacciones comerciales por medios electrónicos, compras en Internet o simplemente al intercambiar datos e información con otros usuarios, empresas y gobierno en la red.

Es por ello que resulta relevante saber qué harán dichas dependencias con la información y los datos que proporcionen las empresas y personas al llevar a cabo trámites gubernamentales en Internet.

Leyes de privacidad y proteccion de datos

Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSICE).


Es objeto de la presente Ley la regulación del régimen jurídico de los servicios de la sociedad de la información y de la contratación por vía electrónica, en lo referente a las obligaciones de los prestadores de servicios incluidos los que actúan como intermediarios en la transmisión de contenidos por las redes de telecomunicaciones, las comunicaciones comerciales por vía electrónica, la información previa y posterior a la celebración de contratos electrónicos, las condiciones relativas a su validez y eficacia y el régimen sancionador aplicable a los prestadores de servicios de la sociedad de la información.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (LOPD), de Protección de Datos de carácter personal.

Es una Ley Orgánica española que tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor, intimidad y privacidad personal y familiar.

La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999, de 13 de Diciembre impone una serie de obligaciones para aquellas empresas o particulares que posean ficheros con datos de carácter personal.

La LOPD es aplicable a los datos de carácter personal registrados en soporte físico, que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado.

La privacidad y protección de documentos; son principalmente

El principio de “Calidad de los datos”: consiste en asegurar con exactitud, totalidad y actualización de los datos.

El principio del “Propósito de descripción”: consistente en especificar el propósito de usar los datos de documentos para saber que no es nada ilegal.

El principio del “Límite de uso”: consiste en no divulgar datos personales.

El principio de “Protección a la seguridad”: consiste en asegurar la protección de información personal con medidas de contraseñas y otras opciones.

El principio de “Imparcialidad”: consistente en establecer políticas sobre datos personales asegurando la transparencia en el proceso de obtención de información y divulgación de esta.

El principio de “Participación individual”: consistente en el derecho que tiene la persona de obtener del controlador teniendo o no la información.

jueves, 9 de mayo de 2013

El conflicto de usar herramientas para protección de datos en las empresas

El primer paso para resolver el conflicto, es a través de la clasificación de la información en:
(i) publica, (ii) semi-privada, (iii) privada, y (iv) restringida (datos sensibles) y en que se cuente con un sistema de gestión de seguridad de la información (SGSI), para asegurar que en el tratamiento de la información.

  • Se proteja la información como activo fundamenta de la empresa, con un importante valor patrimonial.
  • Debe garantizarse que con la protección de la información y la implementacion de los mecanismos para su tratamiento, se garantice el ejercicio del derecho fundamental a la información  y no se violen los derechos fundamentales de terceros como la intimidad y/o el habeas data (Art. 15 y 20 C.P).
  • Se garantice el derecho a la protección de los datos personales de la empresa y de aquellas personas naturales y jurídicas con las que esta tenga vínculos.

El sistema de gestión de seguridad de la información (SGSI), a su vez, debe apoyarse en la implementacion de herramientas de seguridad informática que 

garanticen la (i) confidencialidad, (ii) integridad, (iii) disponibilidad, (iv) confiabilidad (Enron / act II SOX), y (v) el consentimiento. (ISO 27001 + ordenamiento legal) de la información  La sumatoria de tales factores debe culminar en la implementacion de una política de seguridad de la información de la empresa.










Habeas data, protección de datos e intimidad


Premisas fundamentales en materia de protección de datos.

  • La información de las empresas constituye uno de sus principales activos a proteger.
  • La información puede ser propia o de terceros.
  • La información es un activo intangible que la ley comercial obliga cuidar.

Antecedentes.

  • Tradicionalmente la protección de la información se realizaba a través de las normas de 
    propiedad intelectual (propiedad industrial y derechos de autor), normas de gestión documental y archivista

  • Otra información, relativa a los negocios de las empresas se protegía y continua protegiendo a través de:
    acuerdos de confidencialidad y clausulas de confidencialidad.

La creación de nuevas tecnologías abrió paso a la "sociedad de la información", requieren de una nueva visión en el tratamiento de la información, utilizando herramientas de seguridad informática y de gestión de seguridad de la información, para proteger toda la información que ahora se considera "de valor".


Utilizar estas herramientas presenta retos.


El reto de la empresa: Proteger y conciliar.

La corte constitucional ha reconocido la existencia de tres derechos fundamentales independientes en el articulo 15 de Constitución política de Colombia (C.P).:
(i)Derecho de la intimidad (ii)Derecho del buen nombre (iii) Derecho/garantías al Habeas Data (Protección de datos personales).


La C.P consagra el derecho fundamental a la información en el articulo 20 C.P.

jueves, 28 de marzo de 2013

VÍDEO: Privacidad y protección de los datos.

Compartimos este vídeo con información que te podría ser útil, entérate que puede pasar si no te enfocas en la privacidad de los datos.


Ley para proteger datos personales de los colombianos

El día del Internet seguro se celebra en más de 70 paises (Foto: Tomado de Internet)

En esta era informática, en donde cada vez más personas estamos haciendo uso de infinitas plataformas digitales, la inseguridad y la privacidad son los temas que generan más problemas y debates al momento de acceder a la red.

Aunque pensemos que estando en la red y siendo prevenidos con lo que publicamos o comentamos, protegemos nuestros datos o nuestra privacidad, existen algunas plataformas que se las ingenian para violar nuestra información.

Pero esta situación, no será más un motivo de preocupación, porque los ciudadanos colombianos, podremos controlar y denunciar cualquier tipo de fraude que pretendan hacer con nuestro nombre o datos personales.

Se trata de la nueva Ley General de Protección de Datos, que tendrá herramientas para defenderse frente a un caso de violación de la privacidad en la red.

Esta ley, que ya está lista para sanción presidencial, obliga al Gobierno a crear el Registro Nacional Único de Bases de Datos, que regulará y hará visibles, a las entidades que trabajen tranzando información por medio de Internet.

Con la aplicación de la Ley General de la Protección de Datos, cada colombiano podrá verificar quién se contacta con cada quien, bien sea vía telefónica o por Internet, quién sacó información privada de la red y exigir que su nombre sea retirado de las bases de datos de algunas empresas que han sacado información confidencial sin previa autorización.

Si las empresas que han utilizado datos sustraídos de Internet, no retiran los nombres de los usuarios o continúan comunicándose con estos, los afectados podrán denunciar su caso ante la Superintendencia de Industria y Comercio.

La nueva ley concibe que todo ciudadano tenga derecho a conocer, actualizar, rectificar y suprimir su información de las bases de datos, a menos que tenga el deber legal o contractual de permanecer en ellas.

NOTA DE CONFIDENCIALCOLOMBIA.COM

lunes, 11 de marzo de 2013

Bienvenidos: Los derechos de privacidad

Lo que trata el tema es de que como tu información, sean tus datos personales o algún documento que subiste a Internet pueden estar seguras y guardadas sin que nadie haga un cambio o algo.


También te enseñan a cómo no puedan usar tus datos.


La privacidad y la protección de datos personales son elementos importantes en las distintas modalidades del comercio electrónico (B2B, B2C, G2B), pero particularmente han tomado mayor relevancia en el área de B2C, al momento en que los consumidores llevan a cabo transacciones comerciales por medios electrónicos, compras en Internet o simplemente al intercambiar datos e información con otros usuarios, empresas y gobierno en la red.

La ley de los Derechos de Privacidad permitirá establecer unas reglas que aseguren que los datos personales de los consumidores en línea estén seguros. Esto es importante porque la confianza y la seguridad de los usuarios son cruciales para que siga creciendo la economía digital, que va a ser uno de los motores del crecimiento económico en los próximos años.